El gobierno de Keiko Fujimori evaluará la posibilidad de otorgar un salvoconducto a Betssy Chávez, asilada en la Embajada de México en Lima desde el 2 de noviembre de 2025. El próximo ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Espá, señaló que la decisión se adoptará conforme a los tratados internacionales y será revisada en el Consejo de Ministros durante los primeros días del nuevo gobierno, que asume el 28 de julio de 2026.
Espá confirmó que el asunto forma parte de las prioridades diplomáticas del gabinete entrante y que actuará bajo criterios de legalidad y cooperación internacional.
Antecedentes
Betssy Chávez, que fue jefa del gabinete del expresidente Pedro Castillo, ingresó a la sede diplomática mexicana en Lima después de su liberación y recibió asilo en 2025. Ha habido recursos judiciales en Perú —incluido el rechazo de acciones para obtener un salvoconducto— y un proceso penal que derivó en una sentencia contra la exfuncionaria.
La concesión de asilo por parte de México en 2025 tensó las relaciones bilaterales: Perú declaró persona non grata a representantes mexicanos y suspendió relaciones diplomáticas en protesta por la protección concedida a Chávez.
Impacto diplomático
Un salvoconducto expedido por el Estado peruano permitiría que Chávez viaje a México y podría ser un paso clave para normalizar vínculos. Sin embargo, la resolución depende de la evaluación del Ejecutivo y del estado procesal en los tribunales peruanos.
El nuevo gobierno deberá considerar la reacción interna y las implicaciones legales antes de tomar una determinación; la comunidad internacional y organizaciones de derechos humanos también observan el caso.
Próximos pasos
El caso será revisado en el Gabinete de Keiko Fujimori en los días posteriores a la toma de posesión del 28 de julio de 2026. Las decisiones del Ejecutivo peruano y las gestiones diplomáticas con México definirán si se concede el salvoconducto y en qué plazo se podrá concretar la salida de Chávez de la embajada.
Se espera que el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú emita comunicaciones oficiales que aclaren el procedimiento y las condiciones para un eventual salvoconducto.

